Comenzaremos el análisis de ¿qué es una obligación? según lo planteado por Jaime Berdaguer en su libro "La Obligación."
En primer lugar este autor hace referencia a la definición de los Romanos de la obligación, esta nos hace comprender fácilmente en que consta y cuales son sus características principales:
"La obligación es un vínculo de derecho en virtud del cual estamos constreñidos frente a otro a determinada conducta."
De esta definición podemos desprender:
- Que existe un vínculo jurídico: Existente entre el acreedor y el deudor. (Hace siglos, el vínculo se consideraba realmente una atadura de la persona del deudor, al punto tal de que en ciertos casos este, podía ser reducido a la esclavitud. Hoy en día todos sabemos que en caso de incumplimiento, existe un derecho del acreedor que se dirige contra el patrimonio del deudor para hacer efectiva en sus bienes la responsabilidad civil de este.)
- Existe un aspecto pasivo y otro activo: En referencia al pasivo, vemos que una persona se encuentra obligada hacia otra, por tanto es deudora. En su patrimonio existe un elemento pasivo que es ni más ni menos que una deuda. Existe a su vez un aspecto activo, ya que el titular del beneficio resultante de la prestación debida es el acreedor. Este, tiene un elemento activo en su patrimonio que puede ser un crédito, un derecho personal, etc.
- Nos encontramos frente a una Prestación u objeto: El objeto es la prestación debida por el deudor. Dicha prestación puede ser positiva o negativa. Es positiva cuando la prestación consiste en pagar una suma de dinero, entregar una cosa, realizar una obra o cumplir un servicio. Mientras que es negativa, cuando la prestación consiste en un hecho negativo, como ser no instalarse en la proximidad de una casa de comercio recientemente vendida, no levantar un muro superior a determinada altura, etc.
El artículo 1245 de nuestro Código Civil nos muestra que existen tres modalidades que tradicionalmente puede presentar la prestación:
- dar
- hacer alguna cosa
- no hacer
- Existe también otro elemento de la obligación: este es el interés del acreedor: La satisfacción del interés del acreedor constituye la finalidad última a la que la obligación tiende, esta es la razón que ha determinado su surgimiento y la que cuando sea lograda provocará luego su extinción.
En resumen: La obligación consiste en una relación jurídica que vincula a dos sujetos (acreedor y deudor) en virtud de la cual uno de ellos (el deudor) queda obligado, es decir comprometido frente a otro (el acreedor) a cumplir una prestación: o sea a desarrollar una actividad determinada, patrimonialmente valorable (dar, hacer o no hacer alguna cosa). El ordenamiento jurídico le atribuye al acreedor el correspondiente poder jurídico que consiste en la pretensión a la prestación.
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ResponderEliminarEs de gran utilidad este blog!!!!!
ResponderEliminaresta muy bueno el blog tiene los conceptos muy claros....
ResponderEliminarmuy bueno !
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