Las visitas son un derecho de todo niño y adolescente a mantener el vínculo con sus padres, abuelos y demás familiares. Las visitas se fijan de común acuerdo entre las partes (generalmente los padres), pero a falta de acuerdo las fijará el Juez Letrado de Familia. En todo proceso de visita el niño o adolescente tendrá derecho a ser oído, teniéndose en cuenta su opinión. Si la parte que está obligada a permitir las visitas o entregar al menor se negara en forma inmotivada, habilitará al padre o madre que solicitó las mismas a denunciar su incumplimiento. Ante el incumplimiento el juez podrá intimar el cumplimento de las visitas y disponer sanciones pecuniarias. Frente a reiterados incumplimientos, el Juez podrá disponer la variación de la tenencia - siempre que no perjudique al interés del niño o adolescente - y en casos extremos, llegar a disponer la pérdida de la patria potestad por desatender las necesidades afectivas de los menores.