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Sujetos de la obligación por Berdaguer.

La obligación vincula desde su nacimiento a dos o más sujetos determinados. El acreedor tiene derecho a exigir al deudor un determinado comportamiento o prestación a los efectos de lograr la satisfacción de su interés. El deudor soporta el referido deber y por ello está obligado a realizar un comportamiento con la finalidad de satisfacer el interés del acreedor. Señala Berdaguer, que los sujetos han de ser personas de derecho tanto físicas como jurídicas.  La capacidad como sabemos es el atributo esencial de la personalidad: la posibilidad abstracta atribuida a un sujeto de Derecho de intervenir en la vida jurídica convirtiéndose en titular de derechos y obligaciones.  La obligación exige la existencia de un sujeto activo y un sujeto pasivo, pero estos pueden estar constituidos por una persona o por múltiples personas. Existen obligaciones conjuntas: las que vinculan a varios acreedores con un deudor o a varios deudores con un acreedor, o varios acreedores con varios acre...